La ORDEN ECD/700/2021, de 15 de junio por la que se convocan ayudas para la adquisición de material curricular para el curso 2021-22, señala en el apartado decimonoveno (obligaciones de los beneficiarios) que los beneficiarios deberán ceder el material curricular objeto de la subvención al centro escolar en el que se encuentre matriculado al finalizar el curso escolar, para su oportuno uso educativo. En caso de incumplimiento se procederá a la revocación de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo.
Por otro lado todos aquellos dispositivos (tablets, ordenadores, tarjetas de datos, etc) y complementos (fundas..) propiedad del centro, entregados a las familias durante el curso 21-22, o anteriores si todavía está pendiente su devolución, deberán ser devueltos al centro al finalizar el presente curso escolar. Una vez comprobado su correcto estado se procederá a la devolución de la fianza depositada a inicio de curso. Para ello se necesita que se nos facilite el número IBAN del banco al que se ha de hacer la transferencia. Por todo ello se habilita el periodo comprendido entre el 20 y 24 de junio para que las familias entreguen los dispositivos (provenientes de becas o préstamo interno) en la Secretaría del centro. Los comentarios están cerrados.
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